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Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos Artículo 28 Bis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Artículo 28 Bis.

La Secretaría de la Defensa Nacional podrá otorgar, con base en el principio de reciprocidad, permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego a los servidores públicos extranjeros que acompañen como agentes de seguridad, en visitas oficiales, a Jefes de Estado, jefes de gobierno, ministros o equivalentes, siempre que se trate de revólveres o pistolas de funcionamiento semiautomático, cuyo calibre no sea superior a .40” o equivalente.

En casos excepcionales, se podrá autorizar el ingreso y portación de otro tipo de armas, siempre que a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional se justifique la necesidad de su uso.

La Secretaría de Relaciones Exteriores será responsable de tramitar dichos permisos ante laSecretaría de la Defensa Nacional, cuando menos con quince días de anticipación al inicio de la visita ya solicitud del Estado o sujeto de derecho internacional correspondiente, proporcionando para tal efectola siguiente información:

I.Nombres y fechas de nacimiento de los servidores públicos extranjeros que fungirán como agentes de seguridad;

II.Duración y lugar de la visita oficial;

III.Datos de las armas y calibres que pretendan portar dichos servidores públicos extranjeros, y

IV.Opinión de la Secretaría de Relaciones Exteriores para conceder el permiso.

Dicho permiso tendrá una vigencia durante el tiempo que dure la comisión de la visita oficial.

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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